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Manual de Reforma

Ayudas y fiscalidad · Explicación

¿Se puede desgravar una reforma en el IRPF?

Una reforma no se desgrava por ser una reforma. Se desgrava si acredita una mejora energética concreta, medida por certificado antes y después de la obra.

Alféizar de una ventana recién instalada en un piso de Barcelona con un termómetro infrarrojo y una carpeta cerrada encima, junto a una ventana antigua de vidrio simple con condensación.
La deducción se calcula sobre la diferencia entre el certificado energético anterior a la obra y el posterior. Sin el primero no hay nada con lo que comparar.

Una reforma se puede desgravar en el IRPF solo si acredita una mejora energética. Existen tres deducciones, del 20 %, el 40 % y el 60 %, con bases máximas de 5.000 y 7.500 euros. Las dos primeras cubren obras hasta el 31 de diciembre de 2026 y la tercera hasta 2027, según la Agencia Tributaria.

¿Qué deducciones por obras existen hoy en el IRPF?

El IRPF no tiene una deducción por reformar una vivienda. Tiene tres deducciones por mejorar su eficiencia energética, y una reforma solo entra si produce y acredita esa mejora.

Las tres se diferencian por lo que hay que demostrar, no por el tipo de obra ni por su importe:

DeducciónQué hay que acreditarBase máximaPlazo de las obras
20 %Reducción de la demanda de calefacción y refrigeración5.000 €Hasta el 31 de diciembre de 2026
40 %Reducción de al menos el 30 % del consumo de energía primaria no renovable, o alcanzar clase energética A o B7.500 €Del 6 de octubre de 2021 al 31 de diciembre de 2026
60 %Obras de rehabilitación energética en edificios de uso predominantemente residencial5.000 € anualesHasta el 31 de diciembre de 2027

La tercera permite trasladar el exceso no aplicado a los cuatro ejercicios siguientes, con un tope acumulado de 15.000 euros. Las dos primeras, no.

Las tres son incompatibles entre sí sobre las mismas cantidades: una misma factura no se puede llevar a dos deducciones distintas. Cuando una obra podría encajar en más de un supuesto, la elección deja de ser un trámite y pasa a ser un cálculo, porque el porcentaje más alto no siempre produce la deducción mayor si la base máxima es menor.

¿Qué porcentaje se deduce y sobre qué base?

El porcentaje se aplica sobre las cantidades efectivamente satisfechas por las obras, no sobre el presupuesto ni sobre el valor de la vivienda, y con el tope de base que fija cada deducción.

En la deducción del 40 %, la base máxima es de 7.500 euros. Eso significa que una obra de 20.000 euros que acredite la mejora exigida deduce el 40 % de 7.500, no el 40 % de 20.000. Conviene tenerlo presente antes de dimensionar una reforma pensando en el retorno fiscal: el tope se alcanza pronto.

En la deducción del 60 %, la base es de 5.000 euros anuales, pero el exceso no aplicado se traslada a los cuatro ejercicios siguientes hasta agotar 15.000 euros. Es la única de las tres que permite repartir la deducción en el tiempo.

La diferencia entre los dos modelos importa al planificar. Una obra grande en un edificio de uso predominantemente residencial puede aprovechar los 15.000 euros de base a lo largo de cinco ejercicios, mientras que una intervención equivalente acogida a la deducción del 40 % agota su base en el año en que se certifica y pierde el resto.

¿Qué mejora hay que acreditar en cada deducción?

La del 20 % exige reducir la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda en al menos un 7 %, según la documentación de la Agencia Tributaria. La del 40 % exige reducir al menos un 30 % el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o bien mejorar la calificación energética hasta obtener clase A o clase B. La del 60 % se refiere a obras de rehabilitación energética realizadas en edificios de uso predominantemente residencial, con esos mismos umbrales del 30 % o clase A o B referidos al edificio.

Los umbrales no son una invención fiscal aislada: el 7 % de demanda y el 30 % de consumo son los mismos que exigen los programas de ayudas a la rehabilitación, así que un mismo par de certificados puede sostener las dos vías a la vez.

Ninguna de las tres se acredita con facturas. Se acredita con el certificado de eficiencia energética, expedido con arreglo al Real Decreto 390/2021, que es el documento donde constan esos indicadores antes y después de la obra.

¿Qué documentación hay que tener antes de empezar la obra?

El certificado de eficiencia energética anterior al inicio de las obras, expedido por técnico competente. Sigue siendo válido si se emitió como mucho dos años antes de que empiecen los trabajos.

Ese documento es la parte del proceso que más deducciones arruina, porque no se puede reconstruir después. Una vez levantado el suelo o sustituidas las carpinterías ya no existe forma de certificar cómo estaba la vivienda antes, y sin ese punto de partida no hay mejora que demostrar.

Al terminar las obras hace falta un segundo certificado. La deducción se calcula sobre la diferencia entre los dos.

¿En qué viviendas se puede aplicar?

Las deducciones del 20 % y del 40 % siguen la misma regla: la vivienda habitual del contribuyente o cualquier otra de su titularidad que tenga arrendada para uso de vivienda o en expectativa de alquiler, siempre que en este último caso se alquile antes del 31 de diciembre de 2027, según la Agencia Tributaria.

La del 60 % funciona por edificio, no por vivienda: la aplican los propietarios de viviendas ubicadas en edificios de uso predominantemente residencial donde se ejecutan las obras de rehabilitación energética, y ahí sí se incluyen los garajes y trasteros asociados.

En las dos primeras quedan fuera las obras realizadas en garajes, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas, y en las tres queda fuera la parte de la vivienda afecta a una actividad económica. El resultado práctico: la misma partida de obra puede ser deducible o no según cuál de las tres deducciones se aplique, y conviene decidirlo antes de repartir las facturas.

¿Se puede desgravar la reforma de un baño o de una cocina?

Por sí sola, casi nunca. Una reforma de baño o de cocina renueva revestimientos, sanitarios, mobiliario e instalaciones interiores, pero no suele modificar la envolvente térmica ni los sistemas que consumen energía en la proporción que exigen estas deducciones.

Cuando esa misma obra forma parte de una reforma más amplia que sí cambia carpinterías, aislamiento o sistema de climatización, el conjunto puede llegar a acreditar la mejora. Lo que decide no es qué estancia se reforma, sino qué dicen los dos certificados. El precio de esas intervenciones por separado está en cuánto cuesta reformar un baño en Barcelona.

¿Es compatible la deducción con haber cobrado una ayuda?

Sí, pero no sobre el mismo dinero. La Agencia Tributaria exige descontar de la base las cuantías que hubieran sido subvencionadas a través de un programa de ayudas públicas, o que fueran a serlo en virtud de resolución definitiva de concesión.

La ayuda en sí tiene un tratamiento favorable aparte: las subvenciones de los programas de ayuda a la rehabilitación energética no se integran en la base imponible del IRPF, según las normas comunes publicadas por la Agencia Tributaria. Cobrar la ayuda no genera un ingreso por el que tributar.

El orden en que llegan complica el cálculo. Si la ayuda se concede después de haber aplicado la deducción sobre importes que luego resultaron subvencionados, la Agencia Tributaria indica que hay que regularizar la situación tributaria para excluirlos de la base. Por eso conviene separar desde la primera factura qué parte del coste se cubre con fondos propios y qué parte se espera cubrir con ayudas a la rehabilitación.

¿En qué ejercicio se declara la deducción?

En el periodo impositivo en que se expide el certificado de eficiencia energética posterior a las obras, y sobre las cantidades satisfechas dentro del plazo previsto para cada deducción.

Esa regla convierte la fecha del certificado final en una decisión con efectos fiscales, no en un trámite de cierre. Una obra que termina en diciembre y certifica en enero declara en un ejercicio distinto.

La deducción del 60 % añade su propio calendario. Con una base anual de 5.000 euros y un acumulado de 15.000, una derrama de rehabilitación de 15.000 euros pagada de una vez no se deduce entera en el año del certificado: se deducen 5.000 ese ejercicio y el exceso se traslada a los cuatro siguientes, a razón del tope anual. La aritmética es del propio diseño de la deducción; el resultado en una declaración concreta depende del resto de la cuota y conviene calcularlo con asesoramiento.

¿Qué gastos de una reforma no son deducibles nunca?

Los pagados en efectivo, para empezar: la norma común a las tres deducciones establece que no dan derecho a deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal. Solo cuentan los importes pagados con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta.

Tampoco entran los costes relativos a la instalación o sustitución de equipos que utilicen combustibles de origen fósil: cambiar una caldera de gas por otra de gas queda fuera de la base, por eficiente que sea la nueva. Es la misma exclusión que aplican las ayudas a la rehabilitación.

Quedan fuera además los gastos sin relación con la mejora energética acreditada — mobiliario, electrodomésticos que no formen parte de la instalación térmica, equipamiento ornamental, obras en las zonas expresamente excluidas — y la parte de la vivienda destinada a una actividad económica, aunque las obras se hayan ejecutado a la vez y en la misma factura. Cuando la reforma toca una vivienda con despacho profesional, esa proporción hay que separarla.

¿Hasta cuándo se pueden hacer las obras?

Las deducciones por reducción de la demanda de calefacción y refrigeración y por mejora del consumo de energía primaria no renovable cubren obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026. La de rehabilitación energética de edificios de uso predominantemente residencial llega hasta el 31 de diciembre de 2027.

Esas fechas han cambiado tres veces en quince meses, y es el dato que más conviene reconfirmar antes de decidir. El Real Decreto-ley 16/2025 amplió el plazo hasta 2026 y fue derogado por resolución del Congreso de los Diputados en enero de 2026, aunque siguió aplicándose al periodo impositivo 2025. El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, fijó las prórrogas vigentes hoy.

¿Qué no dicen estos datos?

Lo que estos datos no permiten afirmar es si una reforma concreta dará derecho a deducción. Eso depende de los dos certificados de eficiencia energética de esa vivienda, y ningún contenido general puede anticiparlo. Esta página describe los requisitos, no sustituye a asesoramiento fiscal sobre un caso.

Qué hacer con esto

Antes de contratar la obra, encarga el certificado de eficiencia energética previo. Es el único documento que no se puede obtener después y el que decide si el resto del proceso sirve de algo.

Pide que el presupuesto separe las partidas que afectan a la envolvente y a las instalaciones térmicas del resto, porque son las que sostendrán la mejora acreditada. El criterio para exigir ese desglose está en cómo se compara un presupuesto de reforma.

Comprueba la vigencia del plazo en la fuente antes de decidir, y revisa qué permisos exige la obra, porque el calendario de la licencia y el del certificado tienen que encajar.

Preguntas frecuentes

¿Se puede desgravar la reforma de un baño?

Solo si esa obra acredita por certificado la mejora energética que exige alguna de las tres deducciones. Renovar un baño manteniendo la envolvente y las instalaciones térmicas no suele producir esa mejora, así que por sí sola no da derecho a deducción en el IRPF.

¿Vale un certificado energético que ya tenía la vivienda?

Vale como certificado previo si se expidió como mucho dos años antes del inicio de las obras. Aun así hace falta un segundo certificado al terminar, porque la deducción se calcula sobre la mejora acreditada entre los dos documentos.

¿Se puede aplicar la deducción en un piso alquilado?

La deducción por mejora del consumo de energía primaria no renovable admite la vivienda habitual, la que esté arrendada para uso de vivienda y la que esté en expectativa de alquiler, siempre que se alquile antes del 31 de diciembre de 2027, según la Agencia Tributaria.

¿Entra el garaje o el trastero en la base de la deducción?

Depende de la deducción. En la de mejora del consumo de energía primaria no renovable quedan excluidas las obras en garajes, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas. En la de rehabilitación energética de edificios residenciales, los garajes y trasteros asociados a la vivienda sí se incluyen.

¿Qué pasa si la obra se paga en 2026 y termina en 2027?

La deducción se aplica en el periodo impositivo en que se expide el certificado de eficiencia energética posterior a las obras, y sobre las cantidades satisfechas dentro del plazo previsto para cada deducción. Por eso la fecha del certificado final condiciona el ejercicio en que se declara.

¿Se puede deducir si se paga en efectivo?

No. Las normas comunes a las tres deducciones establecen que no dan derecho a deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal. Solo computan los importes pagados con tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta en entidades de crédito.

Fuentes

  1. OficialDeducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas — Agencia Estatal de Administración Tributaria · consultada el 25 de agosto de 2026
  2. OficialDeducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable: viviendas y obras con derecho — AEAT · consultada el 25 de agosto de 2026
  3. OficialDeducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable: base y porcentaje — AEAT · consultada el 25 de agosto de 2026
  4. OficialDeducción por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominantemente residencial — AEAT · consultada el 25 de agosto de 2026
  5. OficialMedidas en materia de tributación del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo — AEAT · consultada el 25 de agosto de 2026
  6. OficialDeducción por obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración: obras con derecho y plazo — AEAT · consultada el 27 de agosto de 2026
  7. OficialNormas comunes a las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética — AEAT · consultada el 27 de agosto de 2026